Restricción de fuero no desaparece tribunal militar: ministra. Con Oscar M Beteta
Notimex
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22 de Agosto, 2012
La magistrada Olga Sánchez Cordero explicó que si un elemento de las Fuerzas Armadas comete un delito debe ser juzgado ante un tribunal ordinario y federal, por tratarse de servidores públicos federales.
Olga Sánchez Cordero, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aseguró que con la declaración de inconstitucionalidad del artículo 57 del Código de Justicia Militar se acotan los alcances de los tribunales militares, lo cual no quiere decir que tiendan a desaparecer estos tribunales porque su existencia se encuentra establecida en la Constitución.
En entrevista con Oscar Mario Beteta, la magistrada explicó que si un elemento de las Fuerzas Armadas comete un delito debe ser juzgado ante un tribunal ordinario y federal, por tratarse de servidores públicos federales.
Hizo una relatoría sobre lo que ocurrió ayer en la SCJN al determinar que el artículo 57, fracción segunda inciso A del Código de Justicia Militar es inconstitucional y precisó que de acuerdo con el artículo 13 de la Constitución existe fuero de guerra para los delitos y faltas contra la disciplina militar "pero por los tribunales militares en ningún caso y por ningún motivo podrán extender su jurisdicción sobre personas que no pertenezcan al Ejército".
Ello, en función de las víctimas acuden a la justicia para que se les pueda resarcir el daño y para acceder a la justica y a la verdad de lo que ocurrió en tribunales civiles, no militares".
Además, precisa que cuando un delito o falta del orden militar estuviese complicado un paisano, conocerá del caso la autoridad civil que corresponda y "nosotros interpretamos, complicado un paisano significa también haber sido víctima de un delito cometido en su contra o los familiares de la víctima como en el caso de ayer" en donde se abordó un caso de homicidio.
Explicó que esta interpretación ya se había dado de esta manera en 1933 cuando se expidió el Código de Justicia Militar pero una vez que éste entró en vigor, la Corte cambió la interpretación en razón de la expedición de la ley.
Dijo que la Corte actual se ha apartado en los últimos días de esa interpretación y vuelve a la primera interpretación y ahora que son las víctimas civiles las que denuncian delitos cometidos por militares, que son presuntos, entonces serán casos conocidos por el fuero federal.
De ahí que el artículo 13 de la Constitución no se comparece con el 57 del Código de Justicia Militar y por eso "en esta nueva interpretación se declara inconstitucional porque no era acorde con la interpretación (…) por ello el fuero militar queda restringido a delitos que atentan contra la disciplina militar".
Precisó que en el caso de algunos delitos cometidos por militares sin que existan víctimas civiles todavía existen varios amparos sobre los cuales se pronunciara la Corte. "Este tema todavía no lo ha resuelto la Suprema Corte, cuando no hay víctimas civiles, estamos atendiendo el caso sobre si la víctima era una persona civil, un paisano, como lo dice la Constitución".
Sin embargo, dijo, existen otros asuntos en donde los delitos no están contemplados en el Código de Justicia Militar, son del Código Penal Federal y se avanzará sobre si estos delitos cometidos por militares sin que tengan que ver por civiles van a ser conocidos por el fuero militar o por el fuero federal, casos que están listados para la semana próxima.
Se acotan los alcances de los tribunales militares, lo cual no quiere decir que tiendan a desaparecer los tribunales militares porque "ellos tienen que tener un tribunal militar porque la Constitución así lo prevé, con toda claridad y a mí me parece muy congruente la Constitución porque de alguna manera ellos tienen una disciplina diferente y tienen que tener estos tribunales".
A pregunta expresa sobre si en un operativo muere un civil por accidente los militares quedarían en estado de indefensión, la ministra aseguró que como todo ciudadano tienen que ser respetados en sus garantías individuales y se les debe aplicar el debido proceso, de audiencia, de presunción de inocencia en los juicios que se tramitarán en el juzgados del fuero federal.
En tanto que las víctimas, a pesar de que sean víctimas imprudenciales, tendrían que sujetarse a una jurisdicción penal militar que investigaría, juzgaría y sancionaría a los autores de violaciones a sus derechos humanos.
"Desde mi óptica personal tienen absolutamente todas las garantías, los que van a ser procesados en el fuero federal, irrestrictamente que tendría cualquier persona acusada de algún delito, en ese sentido, hay una tranquilidad enorme, pero si el no sujetar a una víctima civil a un tribunal militar porque se trata de un civil aun cuando vaya por una reparación del daño o un derecho al acceso a la justicia".
Reconoció que no sólo porque la Corte mexicana lo reconoció, sino porque existen cuatro sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en contra del Estado mexicano en las que el Estado mexicano ha sido condenado y que son categóricas al establecer que los delitos adicionalmente deben ser competencia del fuero federal y se está acatando dichos mandamientos, ya que el Estado mexicano es parte y ha ratificado las convenciones.
Dijo que los militares serán juzgados por otro fuero pero se les van a respetar todas y cada una de sus garantías constitucionales por lo que no podrán decir si hay justicia o injusticia.
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